¿Cómo funcionará el régimen de custodia y visitas durante el aislamiento?

Publicado por: Master Legal - 27 abril, 2020

Por causa del aislamiento obligatorio nacional en razón de la enfermedad causada por el COVID19 una preocupación recurrente de los padres, es el cumplimiento del régimen de custodia y visitas con los hijos menores. 

Si bien en la mayoría de los casos, los padres tienen previamente definido un calendario de visitas con los hijos que se encuentran al cuidado de su otro padre o un tercero; el aislamiento obligatorio es una situación que afecta el derecho a estas visitas, puesto que el Gobierno Nacional ha restringido el tránsito de personas. A raíz de esto, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar se pronunció y estableció que el régimen de custodia y visitas durante el aislamiento preventivo obligatorio puede y debe cumplirse, así que se podría salir sin ninguna restricción.

Para el ICBF el decreto al establecer que las personas que realicen actividades de asistencia y cuidado de niños y adolescentes pueden circular, permite interpretar que esa norma garantiza el derecho de los padres a la visita. No obstante, aclara que los padres que se movilicen a visitar a sus hijos deben portar cualquiera de los documentos en los que sea evidente la regulación de visitas ya sea un acta de conciliación, escritura pública o sentencia judicial.

Cuando el caso es contrario, y los menores se desplacen a la casa de uno de sus padres se exige que cumplan con las medidas de cuidado como el uso de tapabocas y guantes. No puede haber personas con sintomatología de COVID-19 al hogar que llegue y el hijo por ningún motivo puede tener contacto con personas que hayan viajado recientemente al exterior.

¿Qué hacer si no se puede cumplir con el régimen de visitas de forma tradicional? 

El ICBF recomienda que se utilicen los medios digitales para garantizar el encuentro de manera sincrónica de los hijos con sus padres. 

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