Pagaré

Modelo Pagaré a la Orden

El pagaré es un titulo valor que contiene la promesa incondicional de pago de una suma de dinero, a cargo del deudor que lo suscribe, y a favor del acreedor o el legítimo tenedor del título. De acuerdo con el Código de Comercio, el pagaré debe contener los siguientes requisitos formales para su validez: la mención del derecho que en el título se incorpora y la firma de quien lo crea. Además, debe contener los requisitos establecidos en el artículo 709 del Código de Comercio: la promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero; el nombre de la persona a quien debe hacerse el pago, cuando no es al portador; la determinación de su ley de circulación —a la orden o al portador—; la forma de vencimiento.

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Modelo Carta de instrucciones Pagaré

El artículo 622 del Código de Comercio prevé la posibilidad de dejar espacios en blanco en un título valor, facultando a cualquier tenedor legítimo; es decir quien lo posea de acuerdo con la ley de circulación propia del título; para que llene los espacios con sujeción a las instrucciones del suscriptor. Es importante tener en cuenta que el indebido lleno de espacios configura hecho punible.
La carta de instrucciones debe contener: a) Las mismas firmas que aparecen en el pagaré. b) La fecha en que se otorga. c) La indicación de servir de guía para el diligenciamiento del documento a llenar, debiendo éste identificarse por su número. d) La forma y eventos en que será llenado el pagaré.

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Modelo Cuenta de Cobro entre empresas

El presente documento constituye un modelo de cuenta de cobro sobre los servicios prestados entre empresas o empresarios.

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