Todo lo que debe saber de la renta presuntiva

Publicado por: Master Legal - 3 marzo, 2020

Lo primero que debe saber es que la renta presuntiva es una ficción de la ley, que aplica para todas aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren obligadas a declarar renta. Dicha figura se encuentra contemplada en el Estatuto Tributario, y establece que el conjunto de bienes y derechos que posea una persona, deberían generar una renta; en otras palabras, la ley parte de un supuesto de que los bienes y derechos en cabeza de cualquier contribuyente deben producir algún tipo de renta o ingreso, toda vez que nadie tiene en su patrimonio, activos inmóviles o sin explotar.

¿Cuál es la tarifa de la Renta Presuntiva?

La Ley tributaria presume que, durante un año gravable, el patrimonio debió producir como mínimo el 3.5%; por lo tanto este es el valor que deberá calcularse sobre los bienes y derechos que de su propiedad al cierre del mes de diciembre del año inmediatamente anterior.

Es importante tener en cuenta que el porcentaje antes mencionado, aplicará para las declaraciones del 2019 que se presentan en el 2020; sin embargo, para aquellas que deberán presentarse en el 2021 se aplicará una tarifa del 3%.

¿Quién está exento de declarar Renta Presuntiva?

  • Las empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Los fondos de inversión, de valores, comunes, de pensiones o de cesantías.
  • Las empresas del sistema de servicio público urbano de transporte masivo de pasajeros, así como las empresas de transporte masivo.
  • Las empresas de servicios públicos que desarrollan la actividad complementaria de generación de energía.
  • Las entidades oficiales prestadoras de los servicios de tratamiento de aguas residuales y de aseo.
  • Las sociedades en reorganización.
  • Las sociedades en liquidación por los primeros tres (3) años.
  • Los bancos de tierras de las entidades territoriales, destinados a ser urbanizados con vivienda de interés social.

¿Qué pasa con la renta presuntiva cuando debo declarar y pagar renta?

Es importante aclarar que la renta presuntiva se aplica cuando la declaración de renta efectiva es menor que la presuntiva. Dicho en otras palabras, cuando la renta presuntiva es mayor que la renta efectiva, sobre este calculo se debe tributar, lo que en último termino indica que el estado siempre recibirá el monto mas alto, sin importar si realmente esa renta se generó o no.

Evite tener que pagar montos mas altos de lo que realmente su patrimonio ha generado, para esto, consulte con uno de nuestros expertos quienes le prestarán su asesoría.

¿ Cuál es la sanción por no calcular la renta presuntiva?

Lo primero que debemos tener en cuenta es que si la renta presuntiva es menor a la renta  efectiva (o por la cual se declaró y tributó), no hay ningún inconveniente, puesto que el pago que realizó al Estado es más alto, por lo que la DIAN no discutirá su declaración de renta.

Pero, si usted declaró la renta sobre la base gravable que es inferior a la presuntiva, podría llegar a enfrentar sanciones de la DIAN, quien seguramente llegará a determinar que omitió el calculo o que se equivoco con este, por lo que podría llegar a imponer sanciones por inexactitud.

En MasterLegal queremos ayudarle a evitar este tipo de situaciones, consulte nuestros servicios.

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