TRASPASO DE VEHÍCULO A PERSONA INDETERMINADA

Publicado por: Master Legal - 26 julio, 2019

Si por alguna circunstancia usted vendió su vehículo y no realizó en su momento el traspaso o cambio de propietario ante la Oficina de Transito, y ahora no puede localizar al comprador, la ley 769 de 2002 en su artículo 40 y el Ministerio de Transporte mediante la Resolución 3282, que habilita por tres años, contados desde el pasado 5 de agosto; establecen un trámite que le permite solucionar esta situación, y dejar de pagar los impuestos y multas de un vehículo que ya no es de su propiedad.

Usted o su apoderado (ver Poderes) podrán dirigirse a la Oficina de Transito de la ciudad en la que se encuentre matriculado el carro o la moto, y realizar el trámite de Traspaso de Vehículo a Persona Indeterminada. Para eso, el carro deberá estar a paz y salvo por multas, comparendos e impuestos; además tendrá que demostrar que han pasado 3 años o más, desde que entregó el vehículo y por lo tanto, no tiene la posesión material de este, y, que no cuenta con el contrato de compraventa para realizar el traspaso.

Debe tener en cuenta que podrá realizar el trámite de Traspaso de Vehículo a Persona Indeterminada, solamente si cumple con los anteriores requisitos, y adicionalmente si no se trata de la destrucción total del vehículo, pérdida definitiva, exportación o reexportación, hurto o desaparición documentada sin que se conozca el paradero final del vehículo; pues en estos casos el trámite que deberá adelantar será la cancelación de la licencia.

El beneficio de este trámite es su tranquilidad, pues no tendrá que hacerse responsable por los daños que se causen con el vehículo (accidentes, delitos, etc), ni pagar multas e impuestos pues el carro ya no estará a su nombre. Por su parte, el comprador del vehículo, tendrá 3 años posteriores al registro del Traspaso de Vehículo a Persona Indeterminada para presentarse y solicitar que se revoque este acto y se traspase el vehículo a su nombre; pues en caso de no presentarse, el organismo de tránsito podrá de manera oficiosa hacer la cancelación de la licencia de tránsito.

PROCEDIMIENTO

Para realizar el traspaso a persona indeterminada, el interesado deberá presentar ante la Oficina de Tránsito de donde se encuentre registrado el vehículo, los siguientes documentos:

  1.  Formulario de solicitud de trámite, completamente diligenciado y firmado por el propietario registrado. En el campo de comprador deberá indicar: “Persona Indeterminada”.
  2. Declaración bajo la gravedad de juramento (ver Trámites Notariales) en la que el propietario que actualmente aparece registrado ante el RUNT, manifieste la fecha de venta del vehículo, las razones por las cuales no realizó el traspaso en su momento, y que no cuenta con contrato de compraventa ni conoce la ubicación del comprador y del vehículo.
  3. Paz y Salvo de impuestos del vehículo por los últimos 5 años.
  4.  Recibo de pago por concepto de retención en la fuente.
  5.  Recibo de pago de los derechos del traspaso.
  6.  Poder para actuar, en caso que el propietario no realice el tramite directamente.
  7. Si el vehículo tiene registrado una prenda, limitación o gravamen a la propiedad, deberá entregar el documento en el que conste su levantamiento.

NOTA: Tenga en cuenta que para este trámite No le podrán exigir validación del SOAT vigente, revisión técnico mecánica, ni de emisión de gases del vehículo.

Posteriormente la entidad se tomará un plazo máximo de 10 días hábiles, para verificar la información y proceder o no con el traspaso de “Persona Indeterminada”

En Masterlegal.com.co/tramites podrás encontrar como te podemos ayudar a solucionar este y otros trámites que necesites.

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