El contrato de obra civil es un acuerdo mediante el cual una parte llamada contratante le encarga la elaboración de una obra determinada y específica, a otra parte llamada contratista. El contrato de obra civil no se puede confundir con el contrato por obra o labor contratada, en cuanto en este contrato el contratista solo puede ser una persona natural, quien se obliga a hacer su mejor esfuerzo o emplear su capacidad normal de trabajo y cuidado en la realización de la labor contratada, es decir una obligación de medio. Por su parte en el contrato de obra civil, el contratista puede ser una persona natural o jurídica, quien se obliga a un resultado que es la realización de la obra para la que se contrata. Es necesario que en el contrato se detalle la obra que se pacta, con el fin de poder exigir al contratista su cumplimiento, pues de este contrato se deriva una obligación de hacer. De igual manera, es necesario determinar la existencia o no de subordinación, con el fin de evitar que se configuren otras relaciones jurídicas, como es el caso de los contratos de prestación de servicios, en donde en caso de determinar la subordinación, se configuraría un contrato laboral.
$200,000 COP
Adquirir este productoMediante el contrato de Prestación de Servicios Profesionales, el contratante contrata los servicios profesionales del contratista para que ejecute los trabajos y demás actividades propias del servicio contratado, el cual deberá realizarse de manera independiente. Es necesario determinar la existencia o no de subordinación, con el fin de evitar que se configuren otras relaciones jurídicas, como es el caso de los contratos de prestación de servicios, en donde en caso de determinar la subordinación, se configuraría un contrato laboral.
$200,000 COP
Adquirir este producto