Intermediación

  • CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL

    En virtud del contrato de agencia comercial, un comerciante asume en forma independiente y de manera estable, el encargo de promover o explotar negocios dentro de una zona prefijada en el territorio nacional, como representante o agencia. En el contrato de agencia, el agente está promocionando y vendiendo bienes que no son de su propiedad sino del empresario. Por tanto, cuando una persona compra bienes para revenderlos, no puede ser considerada como agente comercial (Corte Suprema de Justicia). Algunas decisiones de tribunales de arbitramento han aceptado que en esta reventa sí puede configurarse la agencia, si a quien adquiere los bienes se le encarga la promoción de los negocios del fabricante.

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  • CONTRATO DE CORRETAJE

    El contrato de corretaje, es aquel por medio del cual se contrata a una persona denominada corredor; quien por su especial conocimiento de los mercados, se ocupa como agente intermediario en la tarea de poner en relación a dos o más personas, con el fin de que celebren un negocio comercial, sin estar vinculado a las partes por relaciones de colaboración, dependencia, mandato o representación.

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  • CONTRATO DE CORRETAJE DE INMUEBLES

    El contrato de corretaje, es aquel por medio del cual se contrata a una persona denominada corredor; quien por su especial conocimiento del mercado inmobiliario, se ocupa como agente intermediario en la tarea de poner en relación a dos o más personas, con el fin de que celebren un negocio comercial sobre un inmueble, sin estar vinculado a las partes por relaciones de colaboración, dependencia, mandato o representación.

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