Publicado por: Master Legal - 10 diciembre, 2019
La acción de tutela es seguramente uno de los mecanismos más efectivo salvaguardar los derechos de los colombianos; como abogados día a día somos testigos de casos de éxito en donde los ciudadanos logran proteger sus derechos constitucionales como la salud, la vida, la libertad, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad, entre otros.
Sin embargo y a pesar de la efectividad de este mecanismo, sabemos que en algunos casos los fallos de tutela no se cumplen. Si bien existe la orden de un juez de la república para la protección o el restablecimiento de los derechos del peticionario, pero las entidades o el “demandado” hacen caso omiso a estas órdenes, pensando que se pueden salir con la suya.
Pues bien, acá le queremos contar que puede hacer cuando a pesar de tener el fallo de la tutela a su favor, no logra que lo cumplan.
En la sentencia que emitió el juez, debió establecer con claridad el plazo para cumplir con el fallo, y por lo tanto la fecha límite en la que la entidad o el particular deberá actuar o abstenerse de hacerlo, en aras de garantizar el derecho del solicitante. Ahora, si pasado este plazo que estableció el juez, la entidad pública o particular no le ha cumplido, usted debe presentar un incidente de desacato.
Para presentar este trámite, le recomendamos tener a la mano las pruebas o evidencia de que la autoridad o el particular contra quien dirigió la tutela, no ha cumplido con la orden del juez a su favor.
Adicionalmente, le dejamos acá una serie de recomendaciones para adelantar su trámite:
La Corte Constitucional ha indicado que cuando hay incumplimiento del fallo de una tutela, el juez que ordena el fallo puede ordenar el arresto del representante legal de la entidad demandada, hasta por 6 meses; y una multa hasta de 20 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes; además de otras sanciones de tipo penal.